Los Bancos Comunales son parte de una nueva estrategia democrática que permite a los Concejos Comunales contar con una entidad bancaria, que pueda de manera ágil y segura satisfacer las principales necesidades de la comunidad, a través de créditos que serán entregados a aquellos que se encuentren registrados y constituidos bajo las Ley de los Concejos Comunales publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Número 5.806 del 10/04/2006.

La Función del Banco Comunal será administrar e impulsar servicios financieros para fortalecer las economías comunales, y así promover el desarrollo de proyectos endógenos que permitan la ampliación de las cooperativas, y ayudar de manera directa a las comunidades.

Estos bancos se adaptan a las necesidades de las poblaciones más pobres, llevando mejoras económicas y sociales, también brinda a la población el desarrollo de conocimientos, nuevas habilidades e incremento de la autoestima, y no de la población en general, sino de la población femenina que es una de las más excluidas.